Para que las dilaciones indebidas se consideren como una circunstancia atenuante, habrá que hacer un análisis exhaustivo de cada caso concreto.
Publicamos a continuación un trabajo del eminente jurista Rafael Juan Juan Sanjosé, Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de Castellón.
Esta entrada es más profunda de lo que habitualmente publico y está recomendada especialmente para profesionales del derecho. Aquí os dejo el trabajo de Rafael Juan Juan Sanjose: