Der Oberste Gerichtshof ordnet an, dass die Bank die Kosten für Rechtsstreitigkeiten wegen missbräuchlicher Klauseln trägt
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Wenn die Verbrauchernachfrage nach missbräuchlichen Klauseln geschätzt wird, Der Beklagte muss die Kosten tragen
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Dies folgt aus dem Grundsatz der Wirksamkeit des EU-Rechts, das verlangt das Verbraucher sind nicht an missbräuchliche Klauseln gebunden und dass ihre nicht ausgehandelten Verträge als Abschreckung gegen deren Verwendung erfüllt werden.
Wenn der Verbraucher, der die Ungültigkeit von missbräuchlichen Klauseln geltend machen muss, debe pagar “de su bolsillo” los gastos del proceso, es würde eine umgekehrte abschreckende Wirkung geben: In vielen Fällen würden Verbraucher daran gehindert, Rechtsstreitigkeiten in moderaten Beträgen einzureichen.
Das Plenum der Zivilkammer des Obersten Gerichtshofs hat eine Entscheidung getroffen 17 September 2009, mit Nein Auflösung 472/2020, Schätzung der von D.. Ángel y Dña. Raimunda, die Entscheidung über die Kosten der ersten Instanz ohne Wirkung zu erklären, BANCO SANTANDER verurteilen, S.A., zur Zahlung der Verfahrenskosten an den Kläger.
Tatsächlicher Hintergrund
ER 17 April 2009, D. Ángel y Dña. Raimunda unterzeichnete einen Hypothekendarlehensvertrag in mehreren Währungen. Sie reichten eine Klage gegen BANCO SANTANDER ein, S.A.. (früher BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A.), ER 27 Oktober 2016, solicitando que se declarase abusivo el clausulado multidivisa.
Primera Instancia
Das Gericht erster Instanz Nr. 89 Madrid gab Urteil 7 November 2017, Zurückweisung der Anmeldung. Condenó a los demandantes al pago de las costas. Rechazó que fuera un derivado financiero complejo y que hubiera falta de transparencia.
Landesgericht
D. Ángel y Dña. Raimunda interpusieron recurso de apelación.
Die 25. Sektion des Madrider Provinzgerichts entschied über 10 September 2018, Schätzen der Beschwerde.
Declaró la nulidad del préstamo hipotecario firmado por D. Ángel y Dña. Raimunda el 17 April 2009 en cuanto a las cláusulas de las cláusulas multidivisa, für das Nichtbestehen der Transparenzkontrolle. Condenó al Banco Popular Español, S.A., a devolver a los demandantes las comisiones, costes y gastos vinculados y aplicados por la utilización de divisa.
En cuanto a las costas, entendió que existían dudas de derecho sobre la normativa aplicable a los préstamos hipotecarios en divisa, por lo que no hizo expresa imposición de las costas causadas en ninguna de las dos instancias.
Supreme Court
D. Ángel y Dña. Raimunda interpusieron recurso de casación.
Alegaron un único motivo: Verstoßkünste. 8 b) und c) UND 83 LGCU y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo establecida en la Sentencia del Pleno nº 419/2017, VON 4 Juli, Wie für die derecho del consumidor a obtener una reparación completa de los daños causados bajo el principio de no vinculación del consumidor a las cláusulas abusivas según la jurisprudencia del TJUE.
Los recurrentes alegaban que la no imposición de costas a la entidad bancaria suponía una excepción al principio del vencimiento objetivo del art. 394.1 LECivil. Al tener que abonar los costes del proceso el propio consumidor, se producía un efecto disuasorio inverso, infringiendo el principio de efectividad del Derecho de la Unión und das von no vinculación de los consumidores a las cláusulas abusivas.
La Sala de lo Civil trajo a colación la STS 419/2017, VON 4 Juli, pues aplicó el principio de efectividad del Derecho de la UE, insbesondere, de la Directiva 93/13/CEE. Er meinte, daß, en los litigios sobre cláusulas abusivas, "(...) si el consumidor tuviera que pagar íntegramente los gastos derivados de su defensa y representación, no se restablecería la situación de hecho y de derecho que se habría dado si no hubiera existido la cláusula abusiva y, deshalb, el consumidor no quedaría indemne pese a contar a su favor con una norma procesal nacional cuya regla general le eximiría de esos gastos. In der Summe, es würde eine umgekehrte abschreckende Wirkung geben, pues no se disuadiría a los bancos de incluir las cláusulas abusivas en los préstamos hipotecarios, sino que se disuadiría a los consumidores de promover litigios por cantidades moderadas.”
SCHLIEßLICH, la Sala concluyó que la regla general del vencimiento en materia de costas procesales favorecía la aplicación del principio de efectividad del Derecho de la Unión mientras que la excepción a la regla general supuso un obstáculo para la aplicación de ese mismo principio.
In diesem Fall, la Sala consideró que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial no respetó las exigencias establecidas en los arts. 6.1 UND 7.1 de la Directiva 93/13/CEE y del principio de efectividad del Derecho de la UE, ni tampoco lo establecido en la STJUE de 16 Juli 2020, asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19.
La Sala revocó la sentencia de la Audiencia Provincial en materia de costas, y sustituyó el pronunciamiento por la condena al BANCO SANTANDER, S.A., al pago de dichas costas procesales.
Abschluss
En materia de cláusulas abusivas, si se aplica la regla de la “no imposición” de las costas por existencia de serias dudas de hecho o de derecho, el consumidor tendría que pagar sus gastos derivados del litigio. No se restablecería completamente la situación de hecho y de derecho que se habría dado si no hubiera existido la cláusula abusiva y, deshalb, no quedaría indemne. Se produciría un efecto disuasorio inverso, pues se impediría a los consumidores que reclamasen.
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