¿Cuanto ganan los administradores concursales?
La retribución de los administradores la fija el juez del concurso, conforme al arancel que teniendo en cuenta la cuantía del activo y del pasivo y el tipo de concurso (abreviado u ordinario), si hay acumulación de concursos, y la previsible complejidad.
El arancel se aprobó por Real decreto 1860/2004 de 6 de septiembre.
Esto permite hacer una previsión de lo que aproximadamente puede costar, antes de entrar en el Concurso. Con este arancel se pretende evitar retribuciones desproporcionadas, y también atraer a profesionales con calidad. Sin embargo, este sistema ha generado no pocas polémicas. Hay casos en los que de la aplicación del arancel pueden resultar cantidades excesivas y otros en los que la falta de masa activa implica que los administradores no lleguen a cobrar ni lo que establece el arancel. Esta problemática ha tratado de solucionarla el RD Ley 3/2009, que y la Ley 38/2011, pero el tema sigue abierto. Hay despachos de abogados que asesoran concursos, pero que no quieren ser administradores concursales, y siguen habiendo quejas sobre las retribuciones que se consideran excesivas en algunos casos.
Ante la falta de recursos para remunerar a los administradores concursales, en legislación comparada cercana se dan principalmente dos sistemas: alemanes y franceses que en caso de ausencia de recursos establecen una cantidad que paga el Estado (en torno a 3000 euros) o en el sistema inglés, en el que, en estos casos de ausencia de recursos, se encarga un funcionario público especializado (oficial receivers).
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