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Concurso de personas físicas, segunda oportunidad y ley de emprendedores

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Concurso de personas físicas, segunda oportunidad y ley de emprendedores

 

En este post, voy a comentar algunas ideas sobre el concurso de las personas físicas, la segunda oportunidad y la ley de emprendedores.

 

El concurso de las personas físicas, es una herramienta que tiene una utilidad limitada. En el concurso, no entran los acreedores hipotecarios (que suelen ser los principales) y al final del concurso, si no se pueden pagar todas las deudas,  se liquidan los bienes que se puede y se extingue la sociedad.  Pero en el caso de las personas físicas al no poder extinguirla (menos mal!!),  las deudas siguen pendientes: El deudor se queda sin nada, pero además, sigue manteniendo sus deudas. En derecho español según el artículo 1911 del Codigo Civil, el deudor responde con todos sus bienes presentes y futuros.  Si los acreedores siguen reclamando la deuda para evitar que prescriba (la mayoría de las deudas contractuales prescriben a los 15 años) nos encontramos con el siguiente panorama: un pequeño empresario o autónomo, que no podrá tener nada ni probablemente contratar nada en el resto de su vida. Esa persona ha sido excluida de la sociedad: cadena perpetua.  Se produce un drama, que en muchas ocasiones acaba muy mal.  Sin embargo, es posible, que este autónomo, o pequeño empresario, no haya tenido la culpa de la situación.  A pesar de ello, el sistema le ha condenado a la marginalidad.

 

En otros países de nuestro entorno, como Alemania, Francia o Estados unidos, el estado establece mecanismos para perdonar parte de la deuda: Si se comprueba que en la insolvencia no ha habido mala fe ni fraude, se perdona la parte de la deuda que no cubre el patrimonio del deudor, y así, se puede partir de cero para tener una “segunda oportunidad”.

 

En España, se conoce este problema,  pero no se le ha dado solución todavía.  Está previsto que en el Anteproyecto de ley de emprendedores se intente solucionar esta situación. Se trataría de crear un concurso de acreedores destinado a personas físicas o pequeños emprendedores, mucho más ágil y barato que el actual (que tiene un coste medio alrededor de 18.000 euros).  El nuevo concurso, tendrá dos fases:

 

  • Una primera fase con un mediador, para intentar un plan de pagos y una quita.

 

  • Si esto no funciona, se pasaría a una fase judicial en la que el juez determine las quitas de deuda, permitiendo al deudor tener una segunda oportunidad. Por supuesto, siempre que no se aprecie fraude. Las quitas serían sobre créditos ordinarios (no sobre privilegiados ni hipotecarios). No sería necesario nombrar un administrador concursal, abaratándose el sistema.

 

Permitiría a los pequeños empresarios evitar quedar lastrados por créditos ordinarios o por créditos surgidos por avales.

 

El objetivo es que al pequeño empresario que le han salido las cosas mal, sin ser fraudulentas, se le pueda dar una segunda oportunidad y no se le condene de por vida a ser un marginado. En España hacen falta empresarios que creen empleo para poder salir de la situación actual.

 

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