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¿Cuál es el contenido imprescindible de un contrato de compraventa de empresas?
El contrato de compraventa de empresas permite que una persona física o jurídica, adquiera la propiedad de una compañía a cambio de un precio.
Se trata de un contrato consensual, que se perfecciona por el concurso del consentimiento de las partes. Dicho acuerdo debe recaer sobre dos aspectos fundamentales: precio y objeto de la compraventa.
Además, es un contrato atípico, cuyo contenido variará, en función de las características de comprador y vendedor: Lo habitual es la preparación de un “traje a medida” para ajustarse a las pretensiones de ambos, a la modalidad de pago acordada, o al régimen de responsabilidad, entre otros aspectos.
Si el comprador es una sociedad de capital riesgo, los vendedores suelen mantener una parte del capital, el equipo directivo se mantiene y se formalizan los “mecanismos de salida” del inversor. Los compradores industriales, suelen priorizar temas como la marca o la clientela.
Los contratos de compraventa de empresas, suelen ser bastante extensos, pero su estructura contiene generalmente los contenidos que indicamos a continuación.
1.- Las partes
Además de comprador y vendedor, se identifica a los garantes de la operación.
2.- Expositivos
Se expresan las intenciones de las partes y la causa del contrato. Servirán para la interpretación del mismo en caso de que se planteen dudas en el futuro.
Aquí se hace mención de la “due diligence” realizada, aunque el comprador intentará evitar que dicha referencia sirva para que el vendedor pueda eludir su responsabilidad en su caso.
3.- Objeto
Descripción detallada de lo que se está comprando, bien sean acciones o participaciones sociales o activos. En cualquier caso, es habitual anexar un balance de situación de la compañía y mencionar que se han obtenido los consentimientos de posibles tenedores de derechos preferentes, para evitar futuros problemas.
4.- Condiciones para el cierre
Se pueden establecer condiciones suspensivas para el cierre, como la aprobación de la operación por los órganos de la sociedad o la obtención de las autorizaciones administrativas pertinentes.
5.- Precio
Cuantía, forma de pago y ajustes al precio en función del cumplimiento de determinados hitos. El importe correspondiente a dichos ajustes, puede quedar depositado en el notario ante el que se firme la escritura de compraventa hasta que se justifique su cumplimiento.
6.- Regulación del período interino
Desde que existe el acuerdo hasta la fecha en la que efectivamente se ejecuta la operación transcurre un período en el cual es imprescindible que el vendedor dirija la empresa como lo ha hecho habitualmente: Esto es, no se podrán realizar operaciones “extraordinarias”, ni modificar sustancialmente las relaciones con directivos o empleados ni establecer cargas, arrendamientos u otros compromisos que perjudiquen la posición del comprador.
7.- Operaciones al cierre
En la fecha del cierre, se deberán modificar los órganos de administración y revocar los poderes de los antiguos administradores.
Además, puede haber cancelaciones de garantías hipotecarias por lo que en su caso, deberán intervenir las entidades financieras afectadas.
8.- Manifestaciones y garantías
Son un conjunto de afirmaciones, principalmente por parte del vendedor, cuyo incumplimiento determinará las consecuencias que se establezcan, como pueden ser la responsabilidad contractual, la aplicación de los mecanismos de ajuste, o incluso la resolución contractual.
9.- Régimen de responsabilidad
Aquí se regula con detalle tanto las consecuencias del incumplimiento por el vendedor indicadas en el apartado anterior, como los casos en los que un tercero exige la responsabilidad al nuevo propietario. Es muy habitual que se establezca que el responsable será el vendedor, en el caso de que durante un plazo determinado, se produzcan reclamaciones laborales o fiscales.
10.- Garantías
Para asegurar el anterior régimen de responsabilidad, se establecen a favor del comprador mecanismos de garantía como avales, depósitos bancarios de garantía, o retenciones del precio durante un plazo de tiempo o hasta que se justifique determinado cumplimiento de uno de los hitos.
11.- Cláusulas de confidencialidad
Se acuerda la obligación de no informar sobre el contrato ni sus términos y se establecen los casos en los que puede haber excepciones.
12.- Otras cláusulas
Se establecen cláusulas “tipo” como la imposibilidad de cesión del contrato, el pago de gastos e impuestos, las notificaciones, legislación aplicable y la jurisdicción o sistemas de resolución de conflictos.
13.- Anexos
Al contrato se anexan una serie de documentos, que contienen información esencial para determinar el incumplimiento en su caso, como los balances de situación, relaciones de empleados clave, o de clientes que puedan tener relevancia al haber establecido cláusulas de no competencia.
En definitiva, el contrato de compraventa de empresas puede evitar muchos problemas futuros, o facilitar que se solucionen de una manera favorable para la parte interesada.