El Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Valladolid estima un recurso de revisión provocando la cancelación de la deuda pendiente después de una ejecución hipotecaria y subasta de la vivienda presentada por la entidad Caja de Ahorros de Victoria y Alava.
Reproducimos una entrada del muy recomendable Blog de Carlos Guerrero:

“La Caja de Ahorros pretendía ejecutar una vivienda de los avalistas por un importe de unos 18.000 euros de principal, 7.800 euros de costas y unos 15.000 euros de intereses (muy abusivos por supuesto), después de haber subastado la vivienda del ejecutado.
Ante la solicitud de continuación de la ejecución por parte de la entidad financiera, la defensa de los avalistas interpuso recurso de revisión en base a:
1.- “la continuación de la ejecución no es procedente dado que la parte ejecutante ha logrado la satisfacción de su crédito mediante adjudicación del bien objeto de subasta, y es que en el presente nos encontramos con una confrontación entre el valor de adjudicación 56.500 euros y el valor real o tasado por la parte ejecutante 113.100 euros, siendo la reclamación por el principal de 74.819 euros, cantidad evidentemente inferior a la tasación del bien valorado pro el banco”.
2.- “el banco pone a la venta la vivienda en 95.000 euros en lugar de 56.500 euros de la adjudicación” …”atender a la petición de la actora nos llevaría sin duda a un evidente abuso de derecho y enriquecimiento injusto“.
Por su lado, el Juzgado hace referencia en su Auto a:
1.- Artículo 3.2 del Código Civil, recordando que las normas se han de interpretar de acuerdo con la realidad del momento en que han de ser aplicadas.
2.- Doctrina de los actos propios: El valor del inmueble que ingresa en el patrimonio del acreedores es el que establece la tasación pactada inicialmente en escritura pública.
3.- En la medida en que el banco ha puesto a la venta la vivienda a un precio muy superior respecto del valor por el cual se la ha adjudicado, seguir reclamando la deuda supondría un enriquecimiento injusto.”

Fuente: Blog de Carlos Guerrero    http://www.carlosguerrero.es/

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