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Seguro de vida y cuestionario de salud en Mallorca

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Seguro de vida: la importancia del tipo de preguntas de un cuestionario de salud

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Las preguntas contenidas en el cuestionario de salud de un seguro de vida deben permitir al asegurado ser consciente de que, en caso de no mencionar sus patologías, está ocultando intencionadamente datos relevantes para la exacta valoración del riesgo.

La Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca dictó sentencia el 28 de mayo de 2020, con nº de Resolución 206/2020, estimando el recurso de apelación interpuesto por Dña. Sonia y Dña. Tatiana como sucesoras del fallecido D. Eutimio, contra GENERALI ESPAÑA, S.A., DE SEGUROS Y REASEGUROS (GENERALI SEGUROS, en adelante).

Condenó a la compañía asegurado a abonar el capital asegurado tras la producción de siniestro, 150.000 € más los intereses del artículo 20 LCS, tras considerar que D. Eutimio no actuó con dolo o culpa grave, por lo que no incumplió el art. 10 LCS cuando contestó a las preguntas del cuestionario de salud.

Antecedentes de hecho

D. Eutimio sufrió la pérdida de su hija Dña. Elisa el 23 de septiembre de 2014, desarrollando un síndrome depresivo con deterioro cognitivo y trastornos de conducta. Se le realizaron varios seguimientos e informes médicos.

En 2015, se llegó a la conclusión por parte de los profesionales, de que padecía un cuadro de déficit cognitivo leve.

D. Eutimio afirmaba encontrarse en excelente estado de salud y sintiéndose cada día mejor en cuanto a la depresión asociada al fallecimiento de su hija.

El 16 de noviembre de 2015, D. Eutimio contrató un seguro de vida. El cuestionario de salud se realizó vía telefónica, negando que sufriera algún trastorno neurológico, problemas psicológicos o psiquiátricos.

El 4 de noviembre de 2016, el INSS declaró que D. Eutimio se encontraba en situación de incapacidad permanente, en grado de gran invalidez, por el Alzheimer que padecía en fase grave.

El 4 de octubre de 2017, el Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Palma de Mallorca dictó sentencia, declarando la incapacidad de D. Eutimio por cuadro de demencia tipo Alzheimer con deterioro cognitivo.

GENERALI SEGUROS, se negó a abonar el capital asegurado tras la producción del siniestro, pues alegó que las patologías tenían origen en fecha anterior al efecto de la póliza.

Primera Instancia

Por Dña. Andrea, tutora de D. Eutimio, se presentó demanda de reclamación del capital asegurado tras la producción del siniestro contra GENERALI SEGUROS.

El Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Palma de Mallorca dictó sentencia el 6 de febrero de 2019, desestimando la demanda.

El Juzgado consideró que D. Eutimio ocultó a la compañía aseguradora que tenía una serie de problemas neurológicos y psiquiátricos derivados de la depresión por el fallecimiento de su hija. Por lo tanto, para el Juzgado, D. Eutimio actuó con dolo o culpa al contestar el cuestionario de salud.

Audiencia Provincial

Dña. Andrea interpuso recurso de apelación. Sin embargo, durante el procedimiento judicial, D. Eutimio falleció, por lo que se personaron como sucesoras, Dña. Sonia y Dña. Tatiana.

En el recurso de apelación se alegó que la enfermedad de Alzheimer fue diagnosticada de forma posterior a la suscripción del seguro de vida, y que dicha enfermedad no podía confundirse con la depresión que D. Eutimio sufrió por el fallecimiento de su hija Dña. Elisa.

La Sección no estaba de acuerdo con el Juzgado, trayendo a colación la STS 81/2019, de 7 de febrero, en la que se afirmó que “la infracción del deber de exactitud en la respuesta al cuestionario no puede ser ajena al conocimiento por el tomador de la relevancia de las circunstancias sobre las que debe declarar”, no vulnerando el art. 10 LCS.

La Sección estimó el recurso de apelación porque consideraba que no existía base probatoria suficiente para concluir que, con las preguntas que se le hicieron a D. Eutimio en el cuestionario de salud, él debía saber que tenía que responder de forma afirmativa en cuanto a si padecía enfermedades neurológicas, psiquiátricas y psicológicas, pues no estaba diagnosticado ni recibía tratamiento farmacológico específico.

En la depresión por el fallecimiento de su hija, estaba mejorando día tras día, y tampoco se le preguntó específicamente por ello.

En definitiva, para la Sección D. Eutimio no actuó con dolo o culpa grave cuando respondió negativamente a dichas preguntas del cuestionario de salud, pues la enfermedad de Alzheimer se le manifestó de forma posterior a la contratación de la póliza.

Conclusión

El deber de declaración del riesgo va unido al deber de respuesta a lo que pregunte la compañía aseguradora, sobre la que recaen las consecuencias de presentar un cuestionario de salud incompleto, genérico o ambiguo, con preguntas que no permitan al asegurado vincular sus antecedentes médicos con la enfermedad causante del siniestro.

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