FRANQUICIAS

FRANQUICIAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A la hora de negociar su contrato de franquicia hay una serie de puntos que conviene revisar para que no quede ningún “cabo suelto” si en el futuro se producen problemas.

 

 

La regulación legal es muy escasa. Solamente se hace referencia al contrato de franquicia en el artículo 62 de la LOCM de 1996 que ha sido desarrollado por  el Real Decreto 2484/1998 y modificado por el RE 419/2006. Posteriormente el Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, ha venido a  regular el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.

Más allá de estas normas, habrá que estar a lo establecido por las partes en el contrato de franquicia, y a falta de acuerdo, acudir al Código Civil y al Código de Comercio.

Por ello es de vital importancia la negociación y redacción del contrato de franquicia para regular la relación futura.

En muchos de los casos, la capacidad de negociación del franquiciado es como mínimo “discutible”, por el poder que ostentan las grandes empresas franquiciadoras con marcas consolidadas. De cualquier forma, la lista de puntos del contrato de franquicia que presentamos a continuación, puede servir como guía para la negociación de su contrato  o al menos para  que sea consciente de las obligaciones que va a asumir. Las principales cláusulas son las siguientes:

 

1.-Propiedad industrial y know how:  Obligación de dar licencia al franquiciado para utilizar las marcas, nombre comercial, patentes, diseños y know how: Es importante que se haga una descripción lo más detallada posible y que se dé, por el franquiciador el asesoramiento técnico y la formación necesaria para su adecuada explotación de la franquicia comprometiéndose a mantener su vigencia registral y material. El franquiciador deberá mantener al día al franquiciado  sobre nuevos métodos y conocimientos que permitan la mejora del negocio. El franquiciado se obliga a seguir el manual operativo de la franquicia.

Se debe indicar si el franquiciado puede ceder estos derechos a subfranquiciados  o no.

2.- Suministro:  En el contrato de franquicia se debe garantizar el suministro de los productos  mientras el contrato esté vigente. Conviene concretar las obligaciones, cantidades, plazos de servicio, de manera que la responsabilidad en caso de problemas de suministro quede lo más clara posible.

3.- Exclusiva:  Las cláusulas del contrato de franquicia relativas a la exclusividad se pueden establecer tanto para el franquiciado como para el franquiciador. El franquiciado puede obligarse a no desarrollar ningún negocio que compita con el del franquiciador, a no comercializar productos de terceros  y a no vender fuera de su territorio y el franquiciador  puede otorgar el derecho de explotación exclusiva en la zona al franquiciado.

4.- Publicidad: Cómo se financian las campañas publicitarias, y si existe una obligación emplear un presupuesto anual. Se debe concretar el modo tiempo y lugar de las promociones, el porcentaje sobre la facturación que se destinará a la publicidad y el modo de controlar por los franquiciados que ese porcentaje se emplea efectivamente en ese destino

5.- Canon de entrada, canon periódico y regalías:  Normalmente en estos conceptos la posibilidad de negociación es baja. En cualquier caso, se debe concretar su cuantía y el método para determinarlos.  Sus cuantías dependerán del tipo de negocio, y de la posibilidad de control de las ventas. A menor posibilidad de control, las cantidades fijas será mayores en detrimento de los porcentajes variables que podrían ser objeto de fraude.

6.- Asistencia: En el contrato de franquicia se indicará el nivel de asistencia que el franquiciador provee  al franquiciado en la instalación de su punto de venta

7.-  Control y Vigilancia:  El franquiciador normalmente establecerá el derecho a aprobar o  vetar la instalación del franquiciado  y a inspeccionarlo mientras el contrato de franquicia se encuentra en vigor. En esta obligación se incluye también la de proporcionar datos operativos y sobre los estados financieros, permitiendo el acceso a los locales y a la documentación del negocio.

8.- Confidencialidad: En el contrato de franquicia se establecerá habitualmente la obligación de  guardar los secretos de empresa adquiridos por la franquicia. Esta obligación se mantendrá durante el tiempo del contrato y se debe negociar el tiempo en el que se mantendrá después de la terminación del contrato de franquicia.

9.- Training y seguimiento de las instrucciones:  El franquiciador deberá formar a los empleados del franquiciado, así como supervisar la operativa y en por su parte el franquiciado tendrá la obligación de seguir las instrucciones del franquiciador.

 10.- Objetivos mínimos comerciales: Que pueden ser  ventas por período, número de clientes captados u otros.  Hay que tener en cuenta que no se pueden imponer los precios de venta al franquiciado, aunque sí se le pueden hacer recomendaciones.

 11.- Características que debe cumplir el local: Como son superficie, tipo de calle y dotación mínima de  personal.   Habitualmente los franquiciadores buscan la mejor ubicación para el local franquiciado pero la responsabilidad de la cuenta de resultados  es del franquiciado. Si negocia en su contrato de franquicia un local demasiado grande o caro, es posible que si las ventas no van como se esperaban, se vea abocado a cierre.

12.- Responsabilidad: Es conveniente negociar en su contrato de franquicia los supuestos de eximentes de responsabilidad, y que en la medida de lo posible, queden previstos estos casos. Hay que distinguir responsabilidad entre las partes y responsabilidad frente a terceros.  Entre las partes se deben establecer cláusulas penales claras para el caso de que haya un incumplimiento de contrato.  En cuanto a terceros,  en caso de una responsabilidad por producto, el franquiciado será el primer responsable, y posteriormente podrá reclamar el reembolso por el franquiciador.  El consumidor también podrá dirigirse directamente contra el fabricante.

13.- Precios a aplicar y forma de pago: El descuento sobre el precio recomendado de venta y el plazo de pago en ocasiones tiene un margen para la negociación en su contrato de franquicia.

14.- Duración del contrato:  La duración del contrato de franquicia debe ser suficientemente larga como para que el franquiciado pueda recuperar su inversión, y lo ideal sería que además hubiesen ventanas rápidas de salida, por si el negocio no responde a lo esperado. Cuando las empresas necesitan un local físico, el encaje entre el público es muy “caprichoso” y negocios  que en una población funcionan muy bien, fracasan estrepitosamente en otra ciudad. Se podrían establecer 5 años de obligado cumplimiento  para el franquiciador,  con la posibilidad de rescisión por el franquiciado anual, con un preaviso de 6 meses y renovable automáticamente si no hay comunicación fehaciente en contrario. En la práctica, este tipo de soluciones ideales serán difíciles de conseguir.

15.- Terminación del contrato:  En el contrato de franquicia, deben recogerse los casos de resolución del mismo como son la finalización del plazo de duración, la decisión unilateral, la insolvencia de una de las partes o  el incumplimiento del contrato. Normalmente se establece un plazo para poder subsanar un incumplimiento, que puede ser de 30 días, para evitar las graves consecuencias que acarrea la resolución.

16.- Mecanismos de resolución de conflictos:  Se pueden estipular en el contrato de franquicia que en caso de conflicto, la resolución se haga mediante arbitraje o mediación, para evitar el coste y la duración de un litigio en los Tribunales. También se suele determinar la jurisdicción aplicable, renunciando las partes al fuero propio.

17.- Idioma del contrato: En contratos de franquicia con operadores internacionales, es importante determinar el idioma por que el significado de los términos jurídicos va a ser el que rija la relación y su interpretación desde otro idioma puede ser conflictiva.

18.- Rebus sic stantibus:  Es conveniente incluir una cláusula por la que en circunstancias imprevisibles no imputables a las partes se pueda suspender el contrato de franquicia. De esta forma si, por ejemplo, se produjese el cierre temporal de un centro comercial, se podría suspender el pago de regalías así como modificar los objetivos de venta teniendo en cuenta el tiempo en el que el centro no ha podido funcionar.

19.- Garantías: Si el franquiciador pide un aval para asegurarse el cobro de las mercancías, se debe actuar con extrema cautela y determinar con exactitud las circunstancias y condiciones para que se pueda ejecutar el aval, y el importe del mismo para evitar que se utilice como excusa para deshacerse de un franquiciado.

20.- Regulación  del final del contrato:  Es recomendable que se detalle lo que ocurrirá cuando el contrato de franquicia finalice, independientemente de las causas que lo motiven:  obligación de recompra de stocks, recompra de mobiliario, señalizaciones, merchandising y demás material del punto de venta.

La base del contrato de franquicia  es la buena fe de las partes. Pero un buen contrato le evitará problemas futuros.

  Consúltenos su caso pulsando aquí.

Logo digitalizadores