Cláusula suelo: Inexistencia de cosa juzgada
- 21 de junio de 2017
Una sentencia resultado de una acción colectiva no implica la existencia de cosa juzgada de cara a una reclamación individual sobre cláusula suelo.
Una sentencia resultado de una acción colectiva no implica la existencia de cosa juzgada de cara a una reclamación individual sobre cláusula suelo.
Existe la posibilidad de exigir la responsabilidad de los administradores frente a socios y terceros por los perjuicios causados a éstos.
