Responsabilidad del administrador y momento en el que nace la deuda
- 19 de junio de 2020
Si la deuda social es anterior a la causa de disolución, no hay responsabilidad del administrador
Si la deuda social es anterior a la causa de disolución, no hay responsabilidad del administrador
¿Se puede ejercitar la acción de responsabilidad individual de los administradores tras haber sido desestimada la acción social de responsabilidad?
¿Es responsable el administrador que perjudica a una filial cumpliendo las órdenes de la cúpula del grupo de sociedades?
