Valoración de las aportaciones no dinerarias en las Sociedades de Capital por Rafael Juan Juan Sanjosé
En las sociedades limitadas, los fundadores, las personas que ostentaran la condición de socio en el momento de acordarse el aumento de capital y quienes adquieran alguna participación desembolsada mediante aportaciones no dinerarias, van a responder solidariamente frente a la propia sociedad y a sus acreedores de la realidad y la valoración de las aportaciones que hagan figurar en la escritura.
A continuación publicamos el trabajo de Rafael Juan Juan Sanjosé, Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de Castellón.
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¿Se pueden hacer aportaciones no dinerarias para crear una sociedad?
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