Ley de Segunda Oportunidad: El plan de pagos no requiere la aprobación por la Administración
En los concursos de personas físicas, el plan de pagos para la exoneración del pasivo insatisfecho aprobado por el juzgado no requiere la posterior ratificación del acreedor público
Segunda oportunidad, plan de pagos y capacidad económica del deudor
Para obtener el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de la Ley de Segunda Oportunidad, el plan de pagos debe ajustarse a la capacidad económica del deudor
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