Separación de socios y compraventa de participaciones sociales
- 25 de junio de 2016
La complejidad en los contratos de compraventa de participaciones sociales aumenta los riesgos de acabar en los Tribunales.
La complejidad en los contratos de compraventa de participaciones sociales aumenta los riesgos de acabar en los Tribunales.
Los socios tienen derecho a desvincularse en los casos que establece el artículo 346 del TRLSC y la sociedad deberá reembolsarles el contenido patrimonial de sus participaciones. A continuación publicamos el trabajo de Rafael Juan Juan Sanjosé, Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial de Castellón.
