
Bankia condenada de nuevo por preferentes
El Juzgado de Primera Instancia nº 25 de Valencia ha condenado a bankia a devolver los 25.800 euros en preferentes, con pago de intereses desde la fecha de suscripción del contrato y a las costas en sentencia de 10 de junio de 2013.
A un electricista en paro, que había recibido una indemnización del Fogasa, le llama la directora de la oficina y le ofrece un producto que “era como un plazo fijo, que te dan un poco más y lo puedes sacar en 24-48 horas máximo”. La directora, le saca dinero de un plan de ahorro y le invierte en preferentes, sin informarle de los riesgos, ni test de idoneidad, ni consentimiento del cliente.
El banco no aporta ni siquiera los contratos que dice que no puede localizar, pero que sí se le informó, que ha recibido los rendimientos sin protestar, y alega caducidad de la acción. Dice también que no asesoraron al cliente, que no era necesario realizar el test de conveniencia, que la prueba del error corresponde al cliente, que no hay incumplimiento alguno.
Analiza la sentencia el perfil del demandante llegando a la conclusión de que su perfil es conservador o de riesgo bajo.
Se estima que hubo recomendación y asesoramiento pues le llamaron personalmente del banco, al hilo de cobrar el finiquito.
Se analiza el producto para calificarlo como complejo y la legislación aplicable al momento de la contratación.
La Sentencia concluye que sí que hubo consentimiento, pero que está viciado de error y es anulable conforme a lo dispuesto en el artículo 1265 del C.C. Por todo ello, se estima la demanda, se declara la obligación de restitución recíproca, con pago de intereses desde la compra de las preferentes y se imponen las costas a Bankia.
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