Tropezar dos veces en el mismo producto complejo
- 23 de febrero de 2016
Para el Tribunal Supremo, la contratación repetida de un producto de inversión complejo no implica necesariamente el conocimiento de sus riesgos.
Para el Tribunal Supremo, la contratación repetida de un producto de inversión complejo no implica necesariamente el conocimiento de sus riesgos.
El Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Valencia ha declarado la nulidad de dos compras de participaciones preferentes Repsol en sentencia de 17 de octubre de 2014.
Muy frecuentemente nos plantean la cuestión de si se puede reclamar una vez que se vendieron las participaciones preferentes, o “Valores Santander”, bonos estructurados, autocancelables y demás productos del “bestiario” de la mala praxis bancaria.
Ya ha habido al menos una sentencia que permite recuperar el dinero invertido en acciones de Bankia. Es del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo de 21 de noviembre de 2013.
La Audiencia Provincial de Córdoba ha desestimado el recurso de Bankinter y confirmado la sentencia que le condenaba por incumplimiento del deber de información en sentencia de 4 de febrero de 2014, con pago de las costas.
El Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Valencia ha declarado la nulidad de la compra de 64.000 euros en deuda subordinada ordenando la restitución del importe más el interés legal desde la suscripción, en sentencia de 14 de octubre de 2013 condenando al…
El Juzgado de Primera Instancia nº5 de Cáceres ha declarado la nulidad de los contratos de suscripción de participaciones preferentes y de obligaciones subordinadas firmados en 2009 y 2010, ordenando la devolución del principal, con aplicación del interés legal desde la fecha de compra, en sentencia de…
En ocasiones los clientes nos plantean la duda de si puede afectar a su reclamación el hecho de que en un momento posterior a la suscripción, vendiesen alguna de las participaciones preferentes u obligaciones subordinadas.
El Juzgado de 1ª Instancia de Barcelona nº 10 ha declarado la nulidad de un contrato de participaciones preferentes de Catalunya Bank, ordenando la recíproca restitución de prestaciones, con condena en costas para el banco, en sentencia de 25 de Septiembre de 2013.
El Juzgado de Primera Instancia nº 49 de Madrid ha condenado a Bankia a devolver 116.000 euros colocados en participaciones preferentes, en sentencia de 11 de septiembre de 2013.
