La Audiencia de Pontevedra alimenta la polémica sobre la caducidad
- 12 de mayo de 2017
La Audiencia de Pontevedra ha estimado una caducidad en una suscripción de preferentes Sos Cuetara y un Magistrado emite un voto particular.
La Audiencia de Pontevedra ha estimado una caducidad en una suscripción de preferentes Sos Cuetara y un Magistrado emite un voto particular.
Para el Tribunal Supremo, la solicitud de diligencias preliminares interrumpe el plazo de caducidad.
El incumplimiento de los deberes de información por parte del banco puede ser título suficiente para la indemnización por los daños y perjuicios causados.
Para el Tribunal Supremo, el hecho de haber contratado una diversidad de productos financieros complejos no implica que se conociesen sus riesgos.
Para el Tribunal Supremo, la contratación repetida de un producto de inversión complejo no implica necesariamente el conocimiento de sus riesgos.
El Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona ha declarado la nulidad de dos contratos de suscripción de “Valores Santander” y participaciones preferentes Sos Cuétara en sentencia de 3 de marzo de 2014.
Ya ha habido al menos una sentencia que permite recuperar el dinero invertido en acciones de Bankia. Es del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Oviedo de 21 de noviembre de 2013.
La Audiencia Provincial de Córdoba ha desestimado el recurso de Bankinter y confirmado la sentencia que le condenaba por incumplimiento del deber de información en sentencia de 4 de febrero de 2014, con pago de las costas.
En algunos casos de mala praxis bancaria, algún banco intenta rectificar la colocación viciada de un producto cancelándolo y sustituyéndolo por otro o realizando una novación. ¿Qué debemos hacer si le proponen una novación o una “reestructuración” de su producto?
Hoy asisto a las II Jornadas sobre Productos Bancarios que se celebran en la sede del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia.
