Sobre la abusividad de la comisión por reclamación de posiciones deudoras
- 17 de diciembre de 2019
La comisión por reclamación de posiciones deudoras es abusiva, si no está respaldada en una actividad efectivamente desarrollada por el banco
La comisión por reclamación de posiciones deudoras es abusiva, si no está respaldada en una actividad efectivamente desarrollada por el banco
En contratación con consumidores, la cláusula que establece una comisión por reclamación de posiciones deudoras vencidas es abusiva y por tanto nula
La Audiencia Provincial de Valencia confirma la nulidad de las comisiones por reclamación de saldo deudor y descubierto y ordena su devolución
Más de un lector se habrá quedado en números rojos en alguna ocasión. En ese momento, ese cliente de la entidad bancaria habrá podido comprobar como ésta automáticamente procede a cobrar un importe -de cuantía variable según la entidad- en concepto de “comisión reclamación posiciones deudoras” o “comisión por descubierto”.
En la mayoría de las ocasiones, los cargos de los bancos como “comisión por devolución” por efectos impagados es ilegal y puede reclamarse su devolución.
