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Caso Banco Popular (II)

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 La «patada hacia adelante» en los préstamos del Banco Popular

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Con esta entrada traemos un resumen semanal sobre las circunstancias que han rodeado a la venta de Banco Popular Español S.A. a Banco Santander S.A. por 1 €. Iremos recopilando la información sobre la transmisión que vaya saliendo a la luz conforme progresan las investigaciones al respecto. A modo de recopilatorio, estas son las entradas relacionadas que hemos publicado hasta ahora, sin perjuicio de las futuras actualizaciones:

Asimismo, también nos hemos posicionado, como despacho especializado en la defensa de consumidores e inversores minoristas, aconsejando utilizar la vía de interponer una demanda civil solicitando la anulación del contrato por concurrir error en el consentimiento o, si el plazo para la anterior hubiera caducado, la indemnización por los daños sufridos derivados de la colocación de dichos productos por el banco, incumpliendo sus deberes de información. En ambos casos se podría recuperar la totalidad del capital invertido, pero en el primero los intereses se contarían desde la fecha del contrato, y en el segundo desde la de interposición de la demanda.

Comencemos con los nuevos datos que han salido a la luz durante esta semana:

Uno de los más graves es que, según parece, Banco Popular S.A. venía ejecutando desde antes de 2011 una política de “financiación suicida” (la llamada “patada hacia delante”), facilitando reestructuraciones de deuda a sus clientes deudores para evitar situarlos en mora y que los créditos constasen como incumplidos. Es decir, el banco ofrecía liquidez a sus clientes para el pago de la deuda asumida anteriormente con el mismo banco, pero eso solamente conseguía que la deuda del cliente aumentara año tras año (aunque nunca estuviera oficialmente en incumplimiento). Se daban casos de hipotecas quíntuples sobre la misma finca.

Esa política, además de evitar que créditos del banco aparecieran como impagados, ofrecía a la entidad la posibilidad de aumentar sus beneficios teóricos, pues con cada reestructuración de la deuda el cliente debía asumir condiciones más gravosas que en la reestructuración anterior. En la práctica, esto se traducía en intereses remuneratorios más altos para el banco, pero no puede olvidarse, por ejemplo, que una de las vías fundamentales por las que se colocaron las acciones de la ampliación de 2016 fue la de ofrecerlas a los clientes como requisito para acceder a préstamos y otros productos. Parece más que probable que a los clientes que necesitaban reestructurar su deuda se les obligara, para acceder a dicha posibilidad, a suscribir las nuevas acciones del banco, quizás “compensándoles” con un préstamo de cuantía superior para facilitarles el proceso de adquisición de las acciones.

En relación con lo anterior, hay que tener en cuenta también que Banco Santander S.A. ha elevado de un 15% a un 20% el porcentaje que los créditos de dudoso cumplimiento representan del total de créditos de Banco Popular S.A., con una cobertura estimada del 61 %. Lo más llamativo es que en años anteriores, aunque aumentaba el ratio de morosidad, el ratio de cobertura descendió. Todo esto evidencia que la situación financiera interna que Banco Popular S.A. anunció con el folleto inscrito el 26 de mayo de 2016 no obedecía a la realidad.

Tampoco podemos dejar de recordar los datos que ya conocemos:

– El descubrimiento de un “agujero” de 700 millones de euros, del que no se informó en el folleto de la ampliación de capital, por lo que constituía una divergencia respecto de la situación real.

– El incremento de las pérdidas desde 2.000 millones de euros anunciados en el folleto informativo a 3.485 millones.

– Existencia de problemas de solvencia patrimonial desde antes de 2016, que se arrastraban desde 2008 (concurso de acreedores de Martinsa-Fadesa), que han generado en última instancia la crisis de liquidez a la que se viene haciendo referencia.

– Existencia de un informe de Deloitte que valoraba al banco entre -2.000 millones de euros, en un entorno neutral, y -8.200 millones de euros, en un entorno de máximo estrés financiero. Posteriormente se ha sabido que también valoró a la entidad en 1.500 millones de euros (positivos) en un entorno financiero optimista.

– El 26 de mayo de 2016 el presidente de la entidad declaró que “para 2018 deberíamos entregar en metálico el 40% del beneficio”, cuando bien sabían que no podría ser así.

– La posible existencia de activos adicionales a los que presentó la entidad para solicitar liquidez, y el hecho de que se haya indicado que en caso de aportar más eso solamente habría servido para retrasar lo inevitable evidencian problemas de solvencia patrimonial, y no solamente de liquidez.

Eso es todo por esta vez. Publicaremos nuevos entradas conforme se vayan descubriendo nuevas circunstancias atinentes a la transmisión de Banco Popular S.A. y a la ampliación de capital que realizó en 2016.

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