

El deudor debe presentar una solicitud de declaración del concurso en el que indique si su estado de insolvencia es actual o inminente. Además deberá aportar:
1.- Poder especial para solicitud del concurso, notarial o apud acta.
2.- Memoria explicativa sobre la historia del deudor y su actividad en los últimos tres años, sus establecimientos, oficinas y explotaciones, causas de su estado y propuestas sobre la viabilidad patrimonial.
En caso de que el deudor sea una persona casada, se expresará la identidad del cónyuge, con indicación del régimen económico del matrimonio.
Si el deudor es una persona jurídica, se identificarán los socios, administradores y en su caso, el auditor de cuentas.
3.- Un inventario de bienes y derechos.
4.- Una relación de los acreedores.
Si el acreedor estuviera legalmente obligado a llevar contabilidad, deberá aportar las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios, la memoria de cambios significativos en su patrimonio, los estados financieros, y en caso de formar parte de un grupo, cuentas anuales e informes de gestión consolidados.
Si el deudor pide la liquidación, debe acompañar la propuesta del plan de liquidación.
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