Caja España condenada por preferentes
El juzgado de Primera instancia e Instrucción nº 6 de Zamora, en sentencia de 6 de junio de 2013, ha condenado a Banco Caja España (Banco CEISS) a la devolución de los 100.000 euros invertidos en participaciones preferentes.
Los demandantes invirtieron todos sus ahorros (100.000 euros) en lo que ellos creían que era un plazo fijo, con la posibilidad de rescatarlo cuando quisieran. Alegan error en el consentimiento por falta de información y solicitan la nulidad del contrato.
El banco por su parte, dice que fue el hermano de la actora quien les recomendó este producto. Aunque la sentencia no refleja la trascendencia de este hecho, es muy importante por el motivo siguiente: Cuando el banco coloca el producto que solicita el cliente, está realizando solo intermediación y después de la entrada en vigor de la normativa MIFID el 21 de diciembre de 2007, se debe hacer el test de conveniencia. Si por el contrario, es el banco quien sugiere el producto al cliente, está haciendo asesoramiento financiero, y entonces tiene que hacer el test de idoneidad.
El banco dice que se informó adecuadamente sobre el producto, que se les hizo el test de conveniencia y que en definitiva, el consentimiento es válido por haber sido informados de los riesgos que se asumían.
El Magistrado Juez, tras analizar la naturaleza jurídica de las participaciones preferentes, calificándolas como instrumento complejo y de riesgo elevado, repasa las exigencias de diligencia, transparencia y gestión ordenada y prudente, que exige el artículo 79 de la Ley del Mercado de Valores.
La sentencia indica que la prueba del correcto asesoramiento en el mercado de los productos financieros recae sobre el banco (Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de noviembre de 2005) y concluye que se firmó por error en la información, error excusable y esencial.
En resumen, se condena al banco a devolver los 100.000 euros, con abono de los intereses legales desde la suscripción del contrato y al pago de las costas.
Si es un afectado por la mala praxis bancaria en participaciones preferentes, deuda subordinada, swaps, banca privada, gestión de cartera o malas inversiones asesoradas por el banco, existe la posibilidad de recuperar su dinero, aunque haya firmado los contratos.
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