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Derecho de Sociedades

LA JUNTA UNIVERSAL

junta

La junta universal no requiere convocatoria formal para la válida celebraron de la junta general.

Es un mecanismo que responde a la necesidad de agilizar las decisiones en sociedades con escaso número de socios, en las que las exigencias formales de convocatoria de la junta resultan muchas veces innecesarias y excesivamente rígidas.

En la junta universal se elimina la necesidad de convocatoria formal.

Sus requisitos son:

  • Que esté presente todo el capital y
  • Que los asistentes acepte por unanimidad la celebración de la junta.

Se deben dar ambas circunstancias.

 Se necesita la presencia de todo el capital, aunque no se tienen en cuenta las participaciones propias de la sociedad que esta pueda tener por circunstancias diversas.

La asistencia de todo el capital debe cumplirse en el momento de la constitución de la junta. La ausencia posterior de algún socio no impide el desarrollo regular de la junta como universal.

La presencia de todo el capital puede hacerse mediante representación, con cumplimiento de las formalidades legales. Sin embargo, la doctrina registral no admite la representación otorgada verbalmente, ni siquiera mediante ratificación posterior del representado.

La celebración de la junta universal requiere igualmente que los asistentes den su conformidad individual y unánime a:

  • La celebración de la junta.
  • Los asuntos sometidos a deliberación.

Si un socio se opone, por pequeña que sea su participación en el capital, imposibilita la celebración de la junta universal.

El orden del día puede formarse sucesivamente, conforme se van produciendo las deliberaciones. Si algún socio no acepta un punto a deliberar, éste debe ser excluido del orden del día.

Una vez constituida la junta universal y establecido el orden del día, no es necesario que estén presentes todos los socios, ni que se aprueben los acuerdos por unanimidad.

 Todos los asuntos que son competencia de la junta general pueden ser decididos en la junta universal de socios. El lugar en que se celebre no tiene trascendencia de cara a su validez.

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