¿Se puede anular una cláusula suelo en empresas?
- 21 de abril de 2020
El Tribunal Supremo vuelve a confirmar la nulidad de una cláusula suelo en un préstamo suscrito por un profesional- empresario (no consumidor)
El Tribunal Supremo vuelve a confirmar la nulidad de una cláusula suelo en un préstamo suscrito por un profesional- empresario (no consumidor)
La Audiencia Provincial de Madrid declara la nulidad de las cláusulas suelo de tres préstamos hipotecarios contratados por empresas que actuaban como consumidores
La Audiencia Provincial de Zamora confirma la nulidad de una cláusula suelo en un préstamo hipotecario suscrito por una promotora inmobiliaria en sentencia de 20 de diciembre de 2016.
La Audiencia Provincial de Valencia confirma la posibilidad de declarar la nulidad de la cláusula suelo en préstamos contratados por profesionales.
Aunque rechaza la posibilidad de aplicar el control de transparencia a las cláusulas suelo en préstamos suscritos por profesionales, en su sentencia de 18 de enero de 2017 nos indica la manera de conseguir su anulación.
¿Es viable la reclamación de la nulidad de las cláusulas suelo en préstamos hipotecarios contratados por empresas?
Para el Alto Tribunal, el control de transparencia no se aplica a las cláusulas suelo en préstamos a clientes no consumidores.
La Audiencia Provincial de Valencia ha estimado el recurso de un cliente, condenando al Banco Castilla La Mancha a la devolución completa de las cantidades pagadas en exceso en sentencia de 25 de noviembre de 2014.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que se pronuncia de nuevo a favor de los clientes afectados en su préstamo hipotecario por una cláusula suelo.
El Juzgado de lo mercantil nº2 de Bilbao ha declarado la nulidad de una cláusula suelo del 3,75% establecida en un préstamo hipotecario de NCG Banco S.A. en sentencia de 13 de febrero de 2014.
