Swaps encadenados: No hay confirmación
- 19 de mayo de 2017
La contratación encadenada de “swaps” no supone confirmación del negocio jurídico viciado.
La contratación encadenada de “swaps” no supone confirmación del negocio jurídico viciado.
Las últimas sentencias del Tribunal Supremo sobre swaps confirman que cada caso debe ser analizado individualmente.
El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de cinco swaps encadenados en Sentencia de 4 de febrero de 2016.
El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de cuatro Swaps del Banco Santander, contratados por una pyme, en Sentencia de 16 de diciembre de 2015.
Un swap se puede contratar por teléfono, siempre que el banco cumpla con su deber de información.
Durante los meses de noviembre y diciembre ha habido una verdadera “oleada” de sentencias del Tribunal Supremo sobre los “swaps”.
Recientemente se han emitido numerosas sentencias sobre los controvertidos Swaps por el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha precisado la información que debe proporcionar la entidad financiera para cumplir con su deber a la hora de colocar un swap.
