El Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid ha declarado nula una suscripción de bonos que en realidad eran participaciones preferentes del Bank of Ireland  realizadas a través de Bankinter en sentencia de 10 de febrero de 2014.  

                      Muy frecuentemente nos plantean la cuestión de si se puede reclamar una vez que  se vendieron las participaciones preferentes, o “Valores Santander”, bonos estructurados, autocancelables y demás productos del “bestiario” de la mala praxis bancaria.  

                    La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de Barclays, confirmando la nulidad del contrato de suscripción de bonos autocancelables,  con imposición de costas al banco, en Sentencia de 3 de febrero de 2014.

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