¿Puede cambiar el arrendador?
- 9 de julio de 2014
En los arrendamientos urbanos puede cambiar el arrendador, subrogándose otro titular, manteniendo los derechos y obligaciones del contrato.
En los arrendamientos urbanos puede cambiar el arrendador, subrogándose otro titular, manteniendo los derechos y obligaciones del contrato.
En los arrendamientos urbanos, el fallecimiento del arrendatario da lugar a distintas consecuencias.
La regulación legal exige que tanto arrendador como arrendatario tengan la capacidad necesaria para firmar un contrato de arrendamiento.
Puede existir un contrato de arrendamiento válido aunque no se realice por escrito. El acuerdo verbal es suficiente.
En función de la fecha de la firma, se aplican distintas versiones de la ley de arrendamientos.
La Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 distingue entre arrendamientos de vivienda y arrendamientos para uso distinto de la vivienda.
