Un Juzgado de Primera Instancia de Jaén ha declarado nula por abusiva la cláusula de un contrato de préstamo hipotecario que atribuía  a la parte prestataria  el pago de todos los gastos y tributos  y ha condenado a la entidad financiera  a la devolución del  AJD.  

La Audiencia Provincial de Pontevedra confirma la  declaración de nulidad de las cláusulas que atribuían exclusivamente al prestatario el impuesto de actos jurídicos documentados y los gastos derivados de los aranceles notariales y registrales y de la tramitación de la escritura pública en la que se celebró el préstamo y se acordó la garantía hipotecaria….

Logo digitalizadores