¿Qué derechos me otorga la titularidad de una marca?
- 23 de septiembre de 2014
La titularidad de una marca otorga fundamentalmente el derecho de impedir que terceros utilicen un signo idéntico o parecido, para la misma clase de productos.
La titularidad de una marca otorga fundamentalmente el derecho de impedir que terceros utilicen un signo idéntico o parecido, para la misma clase de productos.
El Tribunal Supremo ha confirmado la estimación de la demanda de Levi Strauss por infracción de marca en Sentencia de 5 de febrero de 2013.
La forma más común de conseguir una marca es a través de su registro.
Existe la posibilidad de reivindicar una marca a pesar de no tener su titularidad presentando una demanda ante los tribunales.
Las marcas notorias y marcas renombradas gozan de una protección especial en nuestro derecho por ser objeto de deseo para los imitadores.
Las llamadas “prohibiciones relativas” impiden el registro de marcas por la existencia de derechos por parte de terceros, con los que la marca puede entrar en conflicto.
La legislación prohíbe el registro de algunos tipos de marcas, por atentar contra intereses generales (prohibiciones absolutas) o privados (prohibiciones relativas).
Además de los signos gráficos, se pueden registrar como marcas signos sonoros y signos olfativos.
