¿Se puede contratar un swap por teléfono?
- 7 de enero de 2016
Un swap se puede contratar por teléfono, siempre que el banco cumpla con su deber de información.
Un swap se puede contratar por teléfono, siempre que el banco cumpla con su deber de información.
Durante los meses de noviembre y diciembre ha habido una verdadera “oleada” de sentencias del Tribunal Supremo sobre los “swaps”.
Recientemente se han emitido numerosas sentencias sobre los controvertidos Swaps por el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha precisado la información que debe proporcionar la entidad financiera para cumplir con su deber a la hora de colocar un swap.
Para el Tribunal Supremo, el error sobre los términos de cancelación del swap es esencial, y puede llevar a la anulación del contrato de permuta financiera.
La Audiencia Provincial de Lleida ha confirmado la nulidad de un swap contratado con el BBVA en sentencia de 26 de febrero de 2015.
La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la nulidad de un contrato “Cuota Segura” (Swap) del BBVA en sentencia de 17 de febrero de 2015.
Siguen confirmándose las nulidades declaradas en primera instancia por las audiencias provinciales sobre los Clips de Bankinter.
¿Cuál es la interpretación de los contratos de permuta financiera (Swaps) cuando indican un “limite de riesgo”?
La Audiencia Provincial de Logroño ha confirmado la anulación de un swap contratado por una sociedad limitada con Bankia en sentencia de 30 de julio de 2013.
