Swaps encadenados: No hay confirmación
- 19 de mayo de 2017
La contratación encadenada de “swaps” no supone confirmación del negocio jurídico viciado.
La contratación encadenada de “swaps” no supone confirmación del negocio jurídico viciado.
La falta de información permite presumir el error en los Swaps anteriores o posteriores a la normativa MiFID.
El incumplimiento de los deberes de información conlleva la presunción de error al contratar un Swap.
El Tribunal Supremo confirma que la cancelación no impide reclamar un swap.
Las últimas sentencias del Tribunal Supremo sobre swaps confirman que cada caso debe ser analizado individualmente.
¿En qué casos considera el Tribunal Supremo que no ha existido error en el consentimiento a pesar de que esté probado el incumplimiento de los deberes del banco?
¿Puede un economista o licenciado en empresariales cometer un error excusable al contratar productos financieros complejos como swaps, bonos estructurados o préstamos hipotecarios multidivisa?
El Tribunal Supremo confirma que se puede reclamar por los swaps vencidos en Sentencia de 23 de noviembre de 2016.
Recogemos la reciente “Jurisprudencia Menor” de la Audiencia Provincial de Madrid sobre los Intercambios Tipos/Cuotas de Bankinter.
La Directiva 2004/39/CE se debe aplicar incluso antes de su trasposición al derecho interno.
