El Juzgado de Primera Instancia nº 84 de Madrid ha declarado nula una suscripción de bonos que en realidad eran participaciones preferentes del Bank of Ireland  realizadas a través de Bankinter en sentencia de 10 de febrero de 2014.  

                      Muy frecuentemente nos plantean la cuestión de si se puede reclamar una vez que  se vendieron las participaciones preferentes, o “Valores Santander”, bonos estructurados, autocancelables y demás productos del “bestiario” de la mala praxis bancaria.  

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