Muy frecuentemente nos plantean la cuestión de si se puede reclamar una vez que  se vendieron las participaciones preferentes, o “Valores Santander”, bonos estructurados, autocancelables y demás productos del “bestiario” de la mala praxis bancaria.  

                    La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de Barclays, confirmando la nulidad del contrato de suscripción de bonos autocancelables,  con imposición de costas al banco, en Sentencia de 3 de febrero de 2014.

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