El principio “contra proferentem” en los seguros de vida
- 7 de octubre de 2019
La compañía debe asumir las consecuencias de introducir cláusulas ambiguas y genéricas, que induzcan a confusión, en un seguro de vida
La compañía debe asumir las consecuencias de introducir cláusulas ambiguas y genéricas, que induzcan a confusión, en un seguro de vida
En los seguros de vida e incapacidad, el momento en que se considera producido el siniestro es esencial para determinar si hay o no derecho a la indemnización
Aseguradora condenada a indemnizar por un seguro de vida, pues el asegurado desconocía la patología cuando se le presentó el cuestionario de salud
Al contratar un seguro de vida, la compañía debe presentar un seguro de salud completo y no ambiguo
Si el asegurado desconoce sufrir una enfermedad no podrá manifestarla en el cuestionario de salud y no una actuará con dolo o culpa grave
La Audiencia de Albacete condena a indemnizar por un seguro de vida cuya contratación se impuso para otorgar un préstamo
La aseguradora es responsable si el cuestionario de salud presentado para contratar un seguro de vida es deficiente e incompleto
La contratación de un seguro de vida requiere la buena fe de todos los participantes, tanto el banco que la impone para dar un préstamo, como quien rellena el cuestionario de salud
La aseguradora conocía las circunstancias del asegurado y a pesar de ello, contrató el seguro de vida y no lo denunció en el plazo de 1 mes que establece el artículo 10 LCS
La falta de concreción en los cuestionarios de salud debe operar en contra del asegurador
