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         Comentario sobre uno de los mejores libros de negociación.     Recientemente he finalizado la lectura del libro “Negociación tridimensional: Herramientas poderosas para cambiar el juego en sus negociaciones más importantes” David A. Lax y James K. Sebenius (Granica 2007).   La mayoría de los libros de negociación publicados se plantean…

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Intereses de demora

BANCARIO

¿Cuándo los intereses se consideran abusivos?

Entre las múltiples sentencias sobre el tema, hoy comentamos la de la Audiencia Provincial de Castellón de fecha 30 de septiembre de 2011.

Bancaja reclama en primera instancia una cantidad por un préstamo personal, más sus intereses remuneratorios, más el interés de demora. Obtienen una sentencia favorable. La demandada apela en segunda instancia, alegando que el interés de demora es excesivo, que estaba impuesto de forma unilateral por el banco y que fijado de forma variable en un 15.8%, supera con creces el interés de demora establecido por las leyes. Se solicita su nulidad o subsidiariamente, en virtud del art. 1154 del C.C., en relación con el art. 19 de la ley 7/1995 de 23 de marzo, que el juez modere su cuantía.

 

¿Cuales son los principales problemas en una demanda por competencia desleal?

En la Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 7 de Octubre de 2011, se refleja la dificultad de obtener una sentencia condenatoria en esta materia.

En el caso, el director gerente de una empresa, monta otra compañía con otros socios y presuntamente se beneficia de los recursos y secretos la empresa para la que trabaja.

Las dificultades se plantean fundamentalmente en dos ámbitos: la prescripción y la prueba de estas actividades de competencia desleal.

Por lo que se refiere a la prescripción, el tiempo es un año desde que se tuvo conocimiento del comportamiento: El artículo 35 de la Ley de Competencia desleal de 1991 modificado por ley 29/2009 de 30 de diciembre establece:

 

SOBRE EL “PRESS CLIPPING”-

¿Puede una empresa dedicarse a recopilar recortes de prensa y republicarlos tanto online como mediante medios impresos?

La Sentencia de la Audiencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2 de diciembre de 2011, analiza el tema. La ASOCIACION DE EDITORES DE DIARIOS ESPAÑOLES (integrada por 57 periódicos de toda España), demandó a DOCUMENTACIÓN DE MEDIOS S.A., para que se reconociese la propiedad intelectual de las publicaciones de los primeros, la infracción de estos derechos por la mercantil Documentación de Medios S.A, y que se declarasen los actos de esta última como competencia desleal, y por tanto ésta cesare en su publicación, se le prohibiese continuar haciéndolo, y se publicase el fallo que recayera en sentencia en los medios de difusión.

En un caso de otorgamiento de una opción de compra, el Tribunal Supremo en sentencia de 1 de diciembre de 2011 (Sala Primera), nos aclara la posibilidad de establecer otros pactos que acompañen a la opción sin que ello suponga ningún obstáculo a su viabilidad.

Las partes habían acordado la siguiente cláusula:

“SEXTA: RESOLUCIÓN DE LA OPCIÓN: Se pacta que la parte cedente retendrá la prima sin necesidad de justificar daño o perjuicio alguno en el supuesto de que la optante no ejercitara la opción en el caso y condiciones pactadas en este documento. En el supuesto de no ejercitarse la opción en el plazo fijado, la parte concedente quedará libre del compromiso de venta contenido en este documento, pudiendo disponer libremente de las fincas objeto de este contrato sin limitación alguna. Para ello será suficiente que el con plazo sin que se haya verificado el ejercicio de la opción, y siempre que esta ultima parte no abone en el plazo de

ACCION REVOCATORIA EN FRAUDE DE ACREEDORES

En la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia de 26 de septiembre de 2011, se aclaran algunos aspectos sobre los intentos de los fiadores para proteger su patrimonio frente a una ejecución de deudas por el banco.

 

El BBVA formuló demanda de juicio declarativo en ejercicio de acción revocatoria de

contrato de donación celebrado en fraude de acreedores , pretensión que formulo contra Nº Luis Enrique , Dª Coral , Dº Bernabe y Dº Federico y ello con fundamento en los siguientes hechos expuestos en síntesis .El demandante suscribió en fecha 3 de julio de 1998 con la mercantil Asensi Mazzolari SL una póliza para la negociación de documentos mercantiles , actuando como fiadores solidarios Dº Luis Enrique y Dª Coral.

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